Este documento está construido para responder al artículo 12 sobre los Protocolos de actuación de la Ley N°8968 referente a la Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales, el cual establece que “Las personas físicas y jurídicas, públicas y privadas, que tengan entre sus funciones la recolección, el almacenamiento y el uso de datos personales, podrán emitir un protocolo de actuación en el cual establecerán los pasos que deberán seguir en la recolección, el almacenamiento y el manejo de los datos personales, de conformidad con las reglas previstas en esta ley”.
El presente Protocolo será implementado por y para las cinco (5) direcciones institucionales, catorce (14) órganos desconcentrados, un (1) ente privado y un (1) programa institucional que brindan datos al Sistema de Registros Administrativos de Cultura y Juventud (SIRACUJ) del Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ) y todas las personas usuarias que consultan y extraen información de esta operación que funciona bajo la responsabilidad de la Secretaría de Planificación Institucional y Sectorial (SEPLA).